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Ley Valeria: el acecho es delito

  • marzo 4, 2026
  • 6:48 am

SER Y DEBER SER/ARNOLDO HUERTA RINCON

“Amurallar el propio sufrimiento, es arriesgarte a que te devore desde el interior” Frida Kahlo

Durante mucho tiempo, el acecho fue una violencia invisible. No dejaba lesiones físicas, pero sí
miedo. No encuadraba en tipos penales claros, pero alteraba rutinas, libertades y el desarrollo
de la mujer. Hoy, con la aprobación de la llamada Ley Valeria por la Cámara de Diputados, el
Estado mexicano reconoce que esa insistencia obsesiva no es romanticismo: es conducta
criminal y merece ser castigada.
La reforma al Código Penal Federal tipifica el acecho como delito, al penalizar conductas
reiteradas de vigilancia, persecución o contacto no deseado que generen miedo o alteren la
vida cotidiana de la víctima. La pena prevista —de uno a cuatro años de prisión— coloca a
México en la ruta de otros países que han entendido que el daño no comienza con el golpe,
sino con el control.
El nombre de la ley no es casual. Pues nace del caso de Valeria Macías, una mujer
regiomontana cuya experiencia evidenció un vacío normativo que dejaba a muchas mujeres en
un limbo jurídico: al no existir tipo penal claro, no había delito que encuadrar.
Desde el punto de vista constitucional, la reforma no es un exceso punitivo, ya que la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos impone al Estado la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entre ellos la integridad, la
libertad y la seguridad personal. Además, el deber de prevenir y sancionar la violencia contra
las mujeres es una exigencia jurídica.
Sin embargo, la eficacia de la Ley Valeria no dependerá solo de su entrada en vigor, el
verdadero desafío será social e institucional. ¿Cómo acreditarán las fiscalías la reiteración de
conductas?, ¿cómo evitar que la norma quede en letra muerta por falta de protocolos claros?,
¿cómo impedir que se minimicen las denuncias bajo la vieja narrativa del “solo estaba
insistiendo”? Existe mucho trabajo por hacer.
Toda expansión del derecho penal exige cautela. El tipo debe aplicarse con precisión,
respetando el principio de legalidad y evitando criminalizar conductas ambiguas, meramente
incómodas o exageraciones de la posible ofendida. El derecho penal no puede convertirse en
herramienta de moralización social, pero tampoco puede permanecer indiferente ante patrones
de hostigamiento.
La Ley Valeria representa un avance simbólico y jurídico; simbólico, porque envía un mensaje
cultural: el “no” es un límite legal; jurídico, porque reconoce que el miedo sistemático también
vulnera derechos fundamentales.
La pregunta de fondo no es si era necesaria la reforma, la verdadera discusión será si el país y
las entidades federativas, están preparados para aplicarla con perspectiva de género, rigor
técnico y sin culpabilizar inocentes.
Y tú, ¿qué piensas sobre dicha reforma?
RECOMENDACIÓN SEMANAL: Para los que gustan del anime, la segunda temporada de
“Hell’s Paradise” es mucho mejor que la primera.
Instragram, Facebook y Tik Tok: Arnoldo Huerta I El Loyer.

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Grupo Editorial Expreso – La Razón

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