Culpa in vigilando /Nohemi Argüello Sosa
El padrón sindical “rasurado” ha sido uno de los principales reclamos de quienes han
contendido por alguna dirigencia Seccional del Sindicato Nacional de Trabajadores del Estado
(SNTE), en diferentes entidades del país. Tamaulipas no ha sido la excepción. La falta de
transparencia en su integración, actualización, así como en los procedimientos extraordinarios
para registros de última hora, han sido temas muy controvertidos en elecciones pasadas.
Si bien, el Comité Ejecutivo Nacional es la instancia facultada para emitir la convocatoria para
el proceso electivo de la Sección 30 del SNTE, de facto, los actos desplegados por aspirantes
como Enrique Meléndez, Abelardo Ibarra Villanueva y Naif José Hamscho Ibarra han dado ya el
banderazo de salida que ni la actual dirigencia no ha podido detener, lo que ha movido a la
base sindical que demanda respeto a los tiempos y reglas del proceso electoral magisterial.
Precisamente porque la elección ya se encuentra en marcha, resulta pertinente revisar desde
ahora si existen las condiciones para garantizar un proceso transparente y con certeza jurídica.
Si bien la Convocatoria debe emitirse y difundirse cuando menos con 15 días de anticipación a
la celebración de la Asamblea Delegacional Electiva, es decir, hacia finales del próximo mes de
noviembre; desde ahora resulta oportuno analizar si las irregularidades denunciadas en
procesos anteriores, particularmente las relacionadas con el llamado “padrón sindical
rasurado”, han sido atendidas y corregidas.
El artículo 40 del Reglamento establece que el padrón o relación de votantes actualizado para
cada elección debe ser entregado por el Comité Ejecutivo Seccional correspondiente al Comité
Ejecutivo Nacional, es decir, el maestro Arnulfo es el responsable de entregar el documento al
titular del Comité Ejecutivo Nacional, Alfonso Cepeda Salas,
El mismo precepto dispone que dicho padrón debe difundirse entre los miembros de la sección,
cuando menos con tres días de anticipación a la elección, en la página web oficial de la Sección
Sindical correspondiente. Asimismo, se debe entregar a los presidentes de las Asambleas
Delegacionales Electivas el padrón correspondiente a cada Delegación o Centro de Trabajo
que conformen la Asamblea Delegacional Electiva, con el propósito de garantizar certeza sobre
quiénes tienen derecho a votar.
Sin embargo, diversas fuentes sindicales advierten que el padrón presenta inconsistencias
relevantes como la exclusión del personal administrativo, técnico o docente adscrito a las
oficinas centrales de la Secretaría de Educación o Direcciones Generales, los llamados ADG,
ya que no pertenecen a delegación sindical alguna, lo que los deja fuera del Padrón del SNTE.
Además, aun no se ha regulado un procedimiento claro para la expedición de “constancias para
votar”; algunas señaladas por carecer de folio o haberse expedido a nombre de personas
ajenas al SNTE, situación que ha alimentado la desconfianza y las acusaciones de posibles
irregularidades.
Afortunadamente, la Sección 30 aún está a tiempo de atender la deuda de transparencia de su
Padrón y abonar a la certeza y legalidad que el magisterio tamaulipeco demanda.
¿Usted qué opina?





