Grano de Arena/Juan Carlos López Aceves
Publicada el 13 de noviembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, la reforma
constitucional a los artículos 6, 41, 85, 97, 99, 108, 116, 122 y 134, estableció en su
parte transitoria la renovación del Consejo General del IFE, en un plazo no mayor a los
90 días naturales a partir de la entrada en vigor del decreto. Que fue al siguiente día de
su publicación.
Aprobada por TOMÁS GLORIA REQUENA, MIGUEL GONZÁLEZ SALÚM, ENRIQUE
CÁRDENAS DEL AVELLANO, AMIRA GÓMEZ TUEME y demás integrantes de la LX
Legislatura del Congreso de la Unión, la reforma fue una consecuencia del apretado
resultado de la elección presidencial de 2006. La perdió LÓPEZ OBRADOR ante
FELIPE CALDERÓN.
Siendo una de sus facultades, la Cámara de Diputados no pudo designar en el término
previsto, a las y los consejeros del Consejo General del IFE. Esto provocó la renuncia
de su presidente, LUIS CARLOS UGALDE RAMÍREZ, lo que obligó a suplirlo
temporalmente. Sus integrantes aprobaron que sería de manera rotatoria la presidencia.
Eligieron a ANDRÉS ALBO MÁRQUEZ de entre sus integrantes. Siendo una de las
consejeras la tamaulipeca, MARÍA LOURDES DEL REFUGIO LÓPEZ FLORES. Pasada
la sacudida provocada por UGALDE, el IFE fue presidido por LEONARDO VALDÉS
ZURITA y LORENZO CÓRDOVA VIANELLO.
Viene a cuento el proemio anterior, para abordar lo que sigue en el INE tras la renuncia
de GUADALUPE TADDEI ZAVALA a la presidencia. RICARDO MONREAL ÁVILA lo
explicó con meridiana claridad este lunes. El diputado de MORENA fue senador del PT
en la LX Legislatura y uno de los 111 votos a favor que la aprobaron. De hecho, solo el
PVEM y MC votaron en contra de la Reforma Constitucional de 2007.
Renuncias como la de TADDEI ZAVALA están contempladas en el artículo 41
constitucional, así como en la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales, en sus artículos 41 y 44. Dicho procedimiento se activará en dos tiempos. El
primero, para designar la presidencia provisional, designándola de entre las y los
consejeros del INE.
Así lo señalan los artículos 41 y 44 de la LGIPE. Una vez que la presidencia
“provisional” ha sido nombrada, FRIDA GÓMEZ PUGA y demás integrantes del Consejo
General del INE, comunicando “de inmediato” sobre la ausencia a la Cámara de
Diputados. Esta elegirá a una persona “sustituta”, cuando la renuncia ocurre en los
primeros seis años del encargo, como es el caso de TADDEI ZAVALA. Cubrirá el
periodo restante.
Pero si la falta ocurriese dentro de los últimos tres años, entonces la Cámara de
Diputados elegirá consejero o consejera presidenta para un nuevo periodo de 9 años.
Fue lo que explicó el diputado MONREAL ÁVILA en las diversas entrevistas a los
medios de comunicación. El experimentado político logró su cometido, de calmar las
aguas ante la turbulencia generada por la renuncia de TADDEI ZAVALA, cuya
presidencia era insostenible.
Convocatoria de por medio, el procedimiento para designar a quien ocupará la
presidencia del INE hasta el año 2032, está contemplado en el artículo 41 constitucional.
Va desde la construcción de consensos entre las bancadas, para que sea la Cámara de
Diputados quien la apruebe De no ser así, viene la insaculación por parte de la misma
Cámara. Como fue el caso de TADDEI.
Y, en el caso extremo, será la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien realice la
insaculación. Es lo que viene en camino.





