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Paradigma electoral intacto Juan Carlos López Aceves

  • marzo 10, 2026
  • 6:55 am

Intríngulis/Juan Carlos López Aceves

 

Si la reforma constitucional en materia político-electoral aprobada a finales de 2013 y
publicada en febrero de 2014, representó el parto del sistema electoral vigente con el
INE a la cabeza, la reforma enviada por la presidenta CLAUDIA SHEINBAUM PARDO lo
deja intacto, dando paso a una interrogante.
¿Por qué el rechazo de las dirigencias del bloque opositor a esta reforma, si fueron el
PAN, PRI y el difunto PRD quienes aprobaron al decreto publicado en el Diario Oficial de
la Federación hace doce años?
La historia del sistema electoral de México, se puede conocer en las reformas
aprobadas al artículo 41 constitucional, que suman quince.
El texto de este artículo permaneció intacto durante 60 años, desde que fue aprobado
por el Constituyente de 1917, hasta que la falta de legitimidad del triunfo de JOSÉ
LÓPEZ PORTILLO, en la elección de 1976, cuando compitió sin contendiente
registrado, derivó en la reforma política de 1977.
Que representó un parteaguas fundacional para la democracia, permitiendo que la
creciente pluralidad de la sociedad mexicana, se reflejara también en la representación
política, particularmente en el Congreso de la Unión.
Posteriormente, durante el gobierno de CARLOS SALINAS DE GORTARI, el artículo 41
fue reformado en 1990, 1993, 1994 y 1996, extirpando el control de las elecciones a la
Secretaría de Gobernación, a través de una Comisión Federal Electoral, para colocarlo
en el Instituto Federal Electoral, dotado de patrimonio propio y autonomía constitucional.
Modelo replicado en el plano subnacional, quitándo a los gobernadores el control de los
comicios, como fue el caso del IETAM con MANUEL CAVAZOS LERMA en 1995, quien
se resistió a la ciudadanización electoral.
Apertura política conocida como “glasnot”, que acompañó a la “perestroika” impulsada
por SALINAS DE GORTARI, como requisito sine qua non México no sería aceptado en
el hábitat internacional del neoliberalismo económico.
La siguiente reforma del 41 constitucional, fue consecuencia del resultado de la elección
presidencial de 2006, cuando FELIPE CALDERÓN HINOJOSA gana a ANDRÉS
MANUEL LÓPEZ OBRADOR, con un margen de solo medio punto porcentual: 35.89%
del panista contra 35.31% del perredista, enviando al tercer lugar al priista ROBERTO
MADRAZO PINTADO (22.26%).
Siete años más tarde, se publica la reforma constitucional de gran calado, el 10 de
febrero de 2014, modificando 31 artículos de la Carta Magna, incluido el 41, para dar
paso al paradigma electoral vigente.

México transita de un modelo electoral federalizado, con el IFE organizando las
elecciones federales, sin inmiscuirse en los comicios locales, a cargo de 32 Institutos
Electorales, a un Sistema Nacional Electoral encabezado por el INE, dotado con
facultades sobre los OPLE plasmadas en al artículo 41.
Verbigracia, la facultad de asunción para organizar los comicios locales, junto con la de
atracción y delegación, además de la designación de las consejerías locales,
incorporadas al 41 de la Carta Magna.
Entonces, si la reforma constitucional de la presidenta SHEINBAUM PARDO deja intacta
la sustancia del Sistema Nacional Electoral, el rechazo del bloque opositor obedece a
otros motivos.
Como la disminución del financiamiento público y la supresión de 32 escaños de
representación proporcional y el nuevo procedimiento para asignar las 200 curules
plurinominales, que afecta el modus vivendi de la burocracia partidista enquistada en las
dirigencias.
Por cierto, la Reforma Constitucional de 2014, fue votada en contra por ADÁN
AUGUSTO LÓPEZ HERNÁNDEZ y MARIO DELGADO CARRILLO, del PRD, MANUEL
BARTLETT DÍAZ, del PT, en el Senado, así como por RICARDO MONTREAL ÁVILA y
LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, de la bancada de MC en la Cámara de Diputados,
porque al momento de su aprobación, diciembre de 2013, LÓPEZ OBRADOR tramitaba
el registro de MORENA como partido político ante el IFE.

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