Por. Cynthia Gallardo
La Razón
La medida entró en vigor este miércoles 22 y se mantendrá hasta el jueves 30 de abril, periodo en el que 169 oficinas del SAT brindarán servicio de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.
La autoridad fiscal recordó que el 30 de abril es la fecha límite para cumplir con esta obligación, por lo que hacerlo en tiempo evita multas y sanciones.
Las y los contribuyentes pueden agendar cita en el sitio oficial: https://citas.sat.gob.mx
La declaración puede presentarse en línea las 24 horas durante todo abril en: https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html
El SAT informó que están obligadas a declarar las personas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios superiores a 400 mil pesos anuales, quienes trabajaron para más de un patrón, dejaron de laborar antes de concluir el año, o percibieron ingresos adicionales.
También deben cumplir con este trámite quienes obtuvieron ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales incluidas plataformas digitales, arrendamiento, enajenación de bienes, así como por intereses o dividendos.
En contraste, algunos contribuyentes bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) pueden quedar exentos, aunque tienen la opción de presentar su declaración conforme a las reglas vigentes.





