Culpa in vigilando /Nohemí Argüello Sosa
Las personas de la diversidad sexual pueden ser arrestadas, enjuiciadas, y encarceladas en 77
países, con fundamento en leyes discriminatorias vigentes en esos territorios, las cuales
criminalizan las relaciones privadas consentidas entre personas del mismo sexo. En algunos de
estos lugares también existen leyes contra el travestismo que se utilizan para castigar a las
personas transgénero sobre la base de su identidad y expresión de género. Y, en pleno siglo
21, el castigo puede ser la muerte, como ocurre en, al menos, cinco países.
Si bien, en México no hay leyes que criminalicen las relaciones entre personas de mismo sexo,
en nuestra cultura patriarcal y machista están arraigadas muchas actitudes homofóbicas y
transfóbicas a menudo combinadas con una falta de protección jurídica adecuada contra la
discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, lo que genera
condiciones que vulneran los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales,
transexuales, homosexuales e intersexuales (LGBTIQ+).
Conscientes de las realidades que viven las personas de la diversidad sexual y de género en el
mundo, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), desde 2013, lanzó la campaña mundial
“UN Free & Equal” con información pública destinada a promover la igualdad de derechos y el
trato justo de las personas LGBTTTIQ+.
Esta campaña tiene el objetivo de generar conciencia sobre los retos en materia de derechos
humanos a los que se enfrentan las personas de la diversidad sexual en todo el mundo. A
través de hojas informativas, infografías, vídeos como los etiquetados con “UN Free & Equal” y
otros contenidos multimedia, se pretende inspirar a personas de todo el mundo para que tomar
medidas que permitan erradicar la violencia contra las personas LGBTTTIQ+.
Una inspiración que se ha traducido en leyes como la recién publicada Ley contra los llamados
ECOSIEG, “Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual, la Identidad o la Expresión de
Género”, los cuales consisten en prácticas que, erróneamente, se denominan “terapias” y que
no tienen ningún fundamento científico. En realidad, se trata de formas de tortura aplicadas a
personas de la diversidad sexual.
En el artículo 276 Octies del Código Penal local vigente se establecen penas de dos a seis
años de prisión y multas de mil a dos mil UMA, además de agravantes cuando exista una
relación laboral, docente, médica, doméstica o cualquier otra que implique subordinación de la
víctima, así como cuando se utilice violencia física, psicológica o moral.
En el marco del Día Internacional del Orgullo LGBT+ que se celebra el próximo 28 de junio, el
Congreso local contribuye en buena medida al objetivo de la campaña #Libreseiguales con la
publicación de estas normas jurídicas contra los ECOSIEG, indispensables para la erradicación
de la violencia contra las personas de la diversidad sexual.
En el marco del Día Internacional del Orgullo LGBT+, que se conmemora el próximo 28 de
junio, el Congreso del Estado contribuye de manera significativa a los objetivos de la campaña
#Libreseiguales con la publicación de estas disposiciones jurídicas orientadas a prevenir,
sancionar y erradicar los ECOSIEG, una acción indispensable para garantizar el derecho de las
personas de la diversidad sexual a vivir libres de violencia y en igualdad, erradicando prácticas
que vulneran su dignidad.
¿Usted qué opina?





