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Busca empresario embargar bienes al banco Banorte

  • junio 15, 2026
  • 1:53 pm

Cynthia Gallardo
Expreso La Razón

Después de una batalla legal que se ha prolongado por cuatro años, un empresario tamaulipeco obtuvo una sentencia
definitiva que obliga a Banorte sucursal Lomas de Rosales en Tampico a cubrir 2.2 millones de pesos por concepto de
gastos y honorarios legales, luego de que tribunales determinaran que la institución financiera carecía de facultades para
reclamarle una deuda superior a los 10.9 millones de pesos.
Los abogados Marisela Curiel Bautista y Juan Ramón Montellano Mendoza explicaron que el conflicto inició en 2021,
cuando Banorte promovió una demanda mercantil por un presunto adeudo de 10 millones 966 mil pesos y logró el
embargo de dos propiedades de su cliente.
Sin embargo, durante el juicio la defensa acreditó que el banco había cedido previamente los derechos de cobro a la
empresa Sólida Administradora de Portafolios, por lo que ya no tenía legitimación para exigir el pago.
“Banorte demandó a Alpasto por una cantidad de 10 millones 900 mil pesos por el cobro de un crédito. El señor, a fin de
que lo defendiéramos, resulta que ese crédito que Banorte había cobrado años antes ya lo había vendido, cedido a otra
empresa denominada Sólida Administradora de Portafolios. Se celebraron audiencias y se determinó mediante sentencia
que no procedía la acción de Banorte en contra de Alpasto”
Como resultado de las pruebas presentadas, en agosto de 2022 un juzgado resolvió que la acción promovida por la
institución bancaria era improcedente.
Posteriormente, el empresario promovió un amparo directo debido a que la sentencia original no contemplaba el pago de
las costas judiciales y los gastos generados por su defensa legal.
Derivado de ese procedimiento, en marzo de 2025 se emitió una nueva resolución que condenó a Banorte al pago de
dos millones 193 mil 279 pesos con 20 centavos.
“El problema es que ya se liquidaron esas costas judiciales por una cantidad de 2 millones 200 mil pesos. Se le requirió
cumpliera voluntariamente el banco, por desgracia el banco ha llegado hasta las últimas instancias. Nuestro cliente se
encuentra desesperado porque estamos hablando de una sentencia de 2022”.
A pesar de contar con resoluciones favorables, la defensa afirmó que la ejecución de la sentencia ha enfrentado diversos
obstáculos legales y administrativos.
Los abogados señalaron que incluso resulta contradictorio que la institución financiera continúe requiriendo bienes
relacionados con una deuda cuyos derechos ya fueron transferidos.
“Lo más raro de todo esto es que Banorte esté requiriendo la entrega de los bienes a nuestro cliente cuando él no es el
dueño. Todo esto se acreditó ante un juez con copia certificada de la escritura de la cesión de derechos junto con
certificados informativos que emite el Registro Público de la Propiedad; ya no es el banco quien tiene los derechos, sino
RENOVI S.A.”
Ante la negativa de la institución financiera de cubrir voluntariamente la cantidad ordenada por los tribunales, el
empresario Ernesto Juárez del Ángel anunció que solicitará el embargo de bienes para garantizar el cumplimiento de la
sentencia.
“Aquí la sentencia es que paguen; se les condenó a pagar más de 2 millones de pesos”

Los representantes legales señalaron además que mantienen alrededor de 12 expedientes con características similares,
relacionados con créditos cuyos derechos fueron vendidos posteriormente por las instituciones financieras.
“La mayoría de los bancos, cuando los créditos se vuelven difíciles de recuperar, los venden; tenemos alrededor de 12
casos similares”
Asimismo, atribuyeron parte de los retrasos en la localización de bienes susceptibles de embargo a los cambios
constantes de titulares en los juzgados.
“El Poder Judicial tiene el sistema SIARA que se encarga de requerir electrónicamente a la Comisión Nacional Bancaria
y de Valores; por desgracia el cambio de titulares en juzgados evita que sea rápido”
Durante una diligencia judicial realizada en una sucursal de Banorte, personal de la institución cerró las puertas del
inmueble cuando acudió un actuario para cumplir una notificación ordenada por la autoridad.
El abogado Ezequiel Santiago Cárdenas calificó esta acción como un desacato a la ley.
“Es un desacato porque están legalmente notificados, saben que se iba a constituir el actuario judicial y no están
atendiendo el llamado. El juez determinará qué medidas de apremio ordena en una próxima diligencia”
Debido a que las instalaciones permanecieron cerradas, la notificación judicial tuvo que ser introducida por debajo de la
puerta para dejar constancia formal de la diligencia realizada por la autoridad.

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Grupo Editorial Expreso – La Razón

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